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Playa La Puntilla de Coñaripe Playa Roja La Puntilla de Coñaripe. Patrimonio turístico. A diferencia de la gran playa que adorna el balneario lacustre termal en su sector sur. Antes del lugar que conmemora el lahar provocado por el volcán Villarrica o Rucapillán, que hiciera desaparecer Coñaripe en 1964, viniendo desde el norte hay un sector que los lugareños dejaron en abandono durante años. El área llamada “terreno congelado”, de propiedad adjudicada fiscal, para asegurar la reconstrucción del que fuera el antiguo poblado no fue nunca utilizado por los servicios municipales ni gubernamentales. El sitio colinda en el lago con el afluente del Estero Seco que es el deslave de arena roja de piedra pómez (también llamada “pumita”) tiene su origen en el magma volcánico. Se produce por un enfriamiento muy rápido cuando el magma se expulsa y entra en contacto con al aire, creando esa porosidad, ligereza y rugosidad que caracteriza a esta piedra. En este caso es de un color bermellón único en el sector.
La playa de arenas rojas. Patrimonio turístico de Coñaripe
La forma el Estero Seco y no es peligrosa, contaminante ni dañina para la salud como en alguna oportunidad se les ocurrió a algunos comunicadores locales. Lamentablemente este sector es de difícil acceso dado que los terrenos fueron entregados en concesión a organizaciones locales para que fueran utilizados con fines sociales, de esparcimiento y de uso público dado el abandono de los mismo y para evitar la depredación comercial de los mismos. En efecto, allí se iba a sacar áridos, arena y a botar escombros, basura y otros desechos, ¡a la orilla del lago¡
La entrega en concesión a ONGs y clubes diversos locales ha significado un uso regulado del terreno evitando su mal uso con la lamentable excepción del acceso a un sector importante de la ribera, el que se impide acceder dada la construcción de un cerco de proporciones puesto de forma irregular sobre el deslinde legal del sector público de la playa. En efecto, la ley patrimonial chilena establece que playa o ribera de lago o río o mar del territorio nacional y de uso publico son 80 metros por sobre la marea, crecida o subida de agua más alta medida.
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